Condenado a 5 años de cárcel un profesor de la UNED por malversar 34.000 euros para viajes a Brasil
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a cinco años y tres meses de cárcel a un profesor de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y a su mujer por malversal más de 34.000 euros para viajes privados a Brasil y a León.
Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se pena al profesor y a su esposa por un delito continuado de malversación y de actividades prohibidas a funcionarios públicos. Al profesor se le inhabilita para ejercer en la docencia durante 8 años.
El jurado popular considera acreditado que el importe del perjuicio causado a la universidad asciende a 34.085 euros. Frente a esta cantidad, el fiscal acusó al profesor de haber cargado gastos por un importe de 67.905.30 euros a la universidad "simulando que eran propios de su actividad docente cuando, en realidad, el dinero sirvió para pagar, entre otras cosas, diversos viajes del matrimonio a Berlín, Brasil o León".
Según el relato del fiscal, A. C. S. en su condición de profesor titular de Universidad en el Departamento de Ingeniería Eléctrica, Electrónica y de Control, fue designado por la UNED como director del máster en Energías Renovables y Sistema Eléctrico de los cursos 2012 a 2017, así como director de otros cursos.
Dado que al director corresponde la gestión de los recursos destinados por la universidad para impartir los cursos, "autorizó pagos con cargo a dichos recursos a favor de su hija de 13 años de edad en la fecha de los hechos en los cursos impartidos entre 2012 y 2016 en los que simuló su participación, ocasionando de este modo un perjuicio económico al patrimonio de la Universidad Nacional de Educación a Distancia".
Además, según el fiscal, cargó con cargo al presupuesto de los cursos "gastos que no eran necesarios para el desarrollo de los mismos con los que cubría gastos de índole estrictamente personal.
Remuneraciones con cargo a sus puestos
En su relato, el fiscal exponía que, aprovechando su designación como director en diversos cursos de postgrado, seleccionó a su esposa A. I. F. V. para que impartiera determinadas materias relacionadas con su profesión, "consiguiendo de este modo que percibiera remuneraciones, con cargo a los recursos destinados por la Universidad Nacional de Educación a Distancia a los cursos de postgrado, sin tener la capacidad técnica necesaria para ello e incumpliendo el régimen de abstenciones vigente en la Universidad Nacional de Educación a Distancia".
Así, en el 'Curso de equipos e instalaciones eléctricas' correspondiente al curso académico 2.014/2.015, autorizó pagos a su esposa por importe de 5.000 euros y a su hija por importe de 3.000 euros.
Igualmente, según el escrito del fiscal, "cargó como gasto del curso la cantidad de 4.428,34 euros justificándolo como gastos de desplazamiento del curso, que realmente correspondían a un viaje a Berlín realizado por la unidad familiar entre el 4 y el 8 de Diciembre de 2014".
Igualmente, el acusado cargó al curso gastos que no eran necesarios para su desarrollo por un importe total de 6.419,37 euros con los que realizó pagos de carácter personal.
En el 'Curso de equipos e instalaciones eléctricas' correspondiente al curso académico 2.015/2.016, autorizó pagos a su esposa por importe de 6.000 euros e imputó como gastos de desplazamiento del curso la cantidad de 3.990,93 euros, que sirvieron para sufragar tres viajes a León del matrimonio.
Además, cargó al curso gastos que no eran necesarios para su desarrollo por un importe total de 706,67 euros con los que realizó pagos de carácter personal.
Como director del "Máster en energías renovables y sistema eléctrico" correspondiente al ejercicio 2.014/2.016 cargó con cargo a dicho Máster gastos de desplazamiento por importe de 20.508,31 euros que el acusado, "de común acuerdo con su esposa", destinaron al pago de un viaje que realizaron a Brasil y otros gastos que no eran necesarios para su desarrollo por un importe total de 3.244,55 euros con los que realizó pagos de carácter personal.
Durante este tiempo el acusado dirigió otros cursos en los que también autorizó pagos a su esposa o a su hija sobre trabajos no autorizados. De este modo, A. I. F. V. percibió indebidamente con cargo a los fondos de la universidad un importe total de 14.000 euros y la hija de ambos otros 12.000 euros.
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