¿Cuántos días de vacaciones tengo?
Luego de un año de pandemia, encierro y aislamiento, cada vez son más las personas que se preguntan "¿cuántos días de vacaciones tengo?". La necesidad de descanso y desconexión laboral se hace cada vez más fuerte para aquellos que, durante el año, no cortaron sus actividades y las trasladaron al plano digital.
En tal sentido, es importante saber cuántos días de vacaciones corresponden en cada caso, cuándo se las pueden tomar y de qué forma se deben solicitar ante el empleador. Esta información varía de acuerdo a muchos factores.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación proporciona "Ley Simple", un portal que explica de forma fácil todas las cuestiones involucradas a derechos de trabajadores.
La Ley 20.744 es la que desarrolla en profundidad la cuestión de las vacaciones pagas para los argentinos. Todos los trabajadores cuentan con el derecho a días de descanso de corrido cubiertos por su empleador.
Este derecho comienza a regir luego de los seis meses de antigüedad en un empleo, a menos que se realice algún otro tipo de acuerdo entre las partes o antes de comenzar a trabajar en el puesto.
Sin embargo, quienes llevan menos de seis meses en sus trabajos cuentan con 1 día por cada 20 días de trabajo efectivo.
Las vacaciones siempre deben comenzar un día lunes o su siguiente día hábil si fuese feriado.
Una información que resulta importante es el período en el que se pueden tomar las vacaciones:
- Entre el 1 de octubre de un año y el 30 de abril del siguiente.
Si un trabajador comparte su lugar de empleo con su cónyuge, puede solicitar vacaciones conjuntas y simultáneas, aunque el empleador puede negarse si considera que esta medida afectará el desarrollo normal del trabajo (justificando su postura fehacientemente).
Días de vacaciones que corresponden según la antigüedad
Todo dependerá de este primer factor:
- Cuando la antigüedad no pase de 5 años: 14 días corridos;
- Cuando la antigüedad sea mayor de 5 años y no pase de 10: 21 días corridos;
- Cuando la antigüedad sea mayor de 10 años y no pase de 20: 28 días corridos;
- Cuando la antigüedad pase los 20 años: 35 días corridos.
El empleador tiene la obligación de notificar por escrito la fecha de vacaciones de cada empleado. Sin embargo, si esto no ocurriese, el empleador puede ser quien notifique o consulte, siempre y cuando tenga presente que las vacaciones deben terminar antes del 31 de mayo.
Licencias especiales que le corresponden a un trabajador
Además de las vacaciones pagas, dentro de los derechos de un trabajador se encuentran las licencias especiales. Algunas de ellas son:
- Licencia por matrimonio: 10 días;
- Licencia por maternidad: 45 días antes del parto y 45 días luego del nacimiento;
- Licencia por paternidad: 2 días corridos;
- Licencia por fallecimiento de un padre, hijo o cónyuge: 3 días corridos;
- Licencia por exámenes para estudiantes secundarios y universitarios: abarca hasta 10 días por año y se toma en períodos de 2 días corridos.
En la Ley de Contrato de Trabajo, 20.744, está disponible toda la información adicional que completa este tema, abierta para la consulta de cualquier ciudadano.
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