El Banco Central confirmó el mecanismo para girar los dividendos atrapados en el cepo
La entidad monetaria licitará los Bopreal para que las compañías puedan enviar utilidades al exterior
LA NACIONEl Banco Central (BCRA) publicó ayer que licitará los bonos Bopreal para que las empresas puedan pagar las utilidades y dividendos pendientes de pago a accionistas no residentes, que están atrapados por el cepo cambiario. Se trata de la misma medida que había tomado la entidad a comienzo de año para que las empresas puedan pagar sus deudas comerciales con los proveedores externos.
“Establecer que los clientes podrán suscribir Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal) por hasta el equivalente al monto en moneda local de las utilidades y dividendos pendientes de pago a accionistas no residentes según la distribución determinada por la asamblea de accionistas”, dice la comunicación A7999 del Banco Central.
Las compañías deberán presentar la documentación que le permite avalar que la deuda pendiente corresponde a utilidades y dividendos de balances cerrados y auditados.
Además, van a tener que presentar una declaración jurada en la que se deje constancia de que las utilidades y dividendos por las cuales solicita la suscripción se encuentran pendientes de pago; que no ha solicitado la utilización de este mecanismo en otra entidad por esta deuda, y que toma conocimiento de que no tendrá acceso al mercado de cambios para pagar el equivalente de la deuda por la cual se suscribió excepto que el pago se concrete a partir de un canje y arbitraje con los fondos.
El Banco Central ya licitó tres series de Bopreal, que van ganando dinamismo en el mercado financiero. La entidad no explicó qué tipo de Bopreal va a licitar, aunque parecería que seguirá emitiendo la serie 3.
La nueva posibilidad de girar dividendos al exterior con este instrumento apunta a tratar de destrabar -en algunos casos- inversiones que tienen en carpeta las empresas, pero que siguen objetadas por sus casas matrices del exterior a partir de esta imposibilidad de girar parte del dinero ganado por sus negocios en el mercado local.
A su vez, el Banco Central lo analiza porque se mantiene desde septiembre de 2019 una norma que dispone que haya “conformidad previa” suya para que estos pagos se puedan realizar, lo que le permitiría auditar esa demanda.
“La norma replica el esquema Bopreal para importadores para el pago de dividendos y utilidades, pero con una diferencia. En el caso de los importadores, las normas autorizan al importador a realizar operaciones de contado con liquidación (CCL) por la diferencia entre el valor de suscripción del Bopreal y el valor de venta de estos títulos en el mercado secundario, sin aplicar la restricción de acceso al mercado oficial por 90 o 180 días. La norma de dividendos no incluye esta posibilidad”, explicó Jimena Vega Olmos, socia del estudio Martínez de Hoz & Rueda.
“Una posible razón para esta diferencia es que, en la mayoría de los casos de deudas por importaciones, el acreedor no tiene vinculación con el importador y es razonable entender que el Banco Central quiso facilitar de alguna manera el pago completo de la deuda del importador. En el caso de los dividendos, el pago se realiza a una entidad vinculada con el deudor y la normativa del Banco Central ha sido muy restrictiva en los últimos años para deudas con empresas vinculadas”, agregó.
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